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Plataforma Salvemos el Henares

La Cuenca del Henares

El Henares y la Red Natura 2000

El Henares y la Red Natura 2000

El río Henares tiene dos tramos inconexos clasificados como Lugar de Importancia Comunitaria (LIC), incluidos dentro de la Red Natura 2000,que son:

 

-LIC Riberas del Henares (Guadalajara);

 

-LIC Cuencas de los ríos Jarama y Henares (Madrid);

  

La Red Ecológica Europea Natura 2000 surge en virtud de la Directiva Hábitat  92/43/CEE; cuyo objetivo general es garantizar el mantenimiento o, en su caso, el restablecimiento, en un estado de conservación favorable, de los tipos de hábitats naturales y de hábitats de las especies de que se trate en su área de distribución natural. Para ello se persigue fomentar un uso sostenible de su medio y sus recursos con el fin de garantizar el espacio a generaciones venideras.

 

Y cuyo Art. 6 resulta clave:

1. Con respecto a las zonas especiales de conservación, los Estados miembros fijarán las medidas de conservación necesarias que implicarán, en su caso, adecuados planes de gestión, específicos a los lugares o integrados en otros planes de desarrollo, y las apropiadas medidas reglamentarias, administrativas o contractuales, que respondan a las exigencias ecológicas de los tipos de hábitats naturales del Anexo I y de las especies del Anexo II presentes en los lugares.

2. Los Estados miembros adoptarán las medidas apropiadas para evitar, en las zonas especiales de conservación, el deterioro de los hábitats naturales y de los hábitats de especies, así como las alteraciones que repercutan en las especies que hayan motivado la designación de las zonas, en la medida en que dichas alteraciones puedan tener un efecto apreciable en lo que respecta a los objetivos de la presente Directiva.

3. Cualquier plan o proyecto que, sin tener relación directa con la gestión del lugar o sin ser necesario para la misma, pueda afectar de forma apreciable a los citados lugares, ya sea individualmente o en combinación con otros planes y proyectos, se someterá a una adecuada evaluación de sus repercusiones en el lugar, teniendo en cuenta los objetivos de conservación de dicho lugar. A la vista de las conclusiones de la evaluación de las repercusiones en el lugar y supeditado a lo dispuesto en el apartado 4, las autoridades nacionales competentes sólo se declararán de acuerdo con dicho plan o proyecto tras haberse asegurado de que no causará perjuicio a la integridad del lugar en cuestión y, si procede, tras haberlo sometido a información pública.

4. Si, a pesar de las conclusiones negativas de la evaluación de las repercusiones sobre el lugar y a falta de soluciones alternativas, debiera realizarse un plan o proyecto por razones imperiosas de interés público de primer orden, incluidas razones de índole social o económica, el Estado miembro tomará cuantas medidas compensatorias sean necesarias para garantizar que la coherencia global de Natura 2000 quede protegida. Dicho Estado miembro informará a la Comisión de las medidas compensatorias que haya adoptado.

 

En caso de que el lugar considerado albergue un tipo de hábitat natural y/o una especie prioritarios, únicamente se podrán alegar consideraciones relacionadas con la salud humana y la seguridad pública, o relativas a consecuencias positivas de primordial importancia para el medio ambiente, o bien, previa consulta a la Comisión, otras razones imperiosas de interés público de primer orden.

 

Más información:

http://www.mma.es/portal/secciones/biodiversidad/rednatura2000/

 

 

Propuestas de la Plataforma al respecto:

-Proposición como zona sensible LIC el tramo comprendido entre los dos LICs anteriormente citados. En este caso, la autoridad competente dependiente de la Junta de Castilla-La Mancha, sería responsable de dicha designación.

-Desarrollo del Plan de Gestión (PORN, PRUG, etc) en virtud del Art. 6.1, que conciba la cuenca del río Henares de un modo integral. Esto podría ir unido a la asignación de un gran Parque Regional (PR), pero al ser los espacios protegidos competencia de las CC.AA., habría que designar el Henares PR en la provincia de Guadalajara y Madrid respectivamente, con los problemas de gestión que ello conllevaría.