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La Red del Tajo denuncia el Memorándum que garantiza el Trasvase Tajo-Segura

La Red Ciudadana del Tajo denuncia que el Memorándum que garantiza la continuidad del Trasvase Tajo-Segura vulnera la legislación española y europea en materia de aguas

Los colectivos que conforman la Red Ciudadana por una Nueva Cultura del Agua en el Tajo/Tejo y sus Ríos (www.redtajo.es) rechazan el contenido del Memorándum de Entendimiento acordado ayer entre Murcia, Valencia, Castilla-La Mancha y el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en relación con el trasvase Tajo-Segura, que vulnera la legislación europea y española en materia de aguas. Además, su introducción como enmienda al Proyecto de Ley de Evaluación de Impacto Ambiental es una muestra del desprecio del actual gobierno a la legislación ambiental. El Memorándum y las enmiendas al articulado del Proyecto de Ley de Evaluación Ambiental introducidas ayer por el Grupo Popular en el Congreso de los Diputados, sirve para proteger los intereses de los usuarios de las aguas del trasvase Tajo-Segura en detrimento de las necesidades ambientales y sociales del propio Tajo. Estas necesidades deben determinarse dentro del proceso participado de elaboración del Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo, un plan que salió a consulta pública en marzo de 2013, con más de 4 años de retraso con respecto a lo establecido por la Directiva Marco del Agua de la unión Europea. La propuesta del plan de cuenca ha recibido más de 12.000 alegaciones, muchas de ciudadanos del Tajo que denunciaban que el Plan no garantizaba la recuperación ambiental del Tajo ni protegía sus intereses. Sin embargo, la introducción del Memorándum de entendimiento por la vía de la Ley de Evaluación de impacto Ambiental invalida automáticamente el proceso de planificación ya que garantiza la continuidad del Trasvase Tajo-Segura al margen de las determinaciones técnicas y de las necesidades de la cuenca del Tajo. Se consigue, por fin, lo deseado desde 1971 por los defensores del trasvase: gestionar a su antojo tanto la cabecera del Tajo como su tramo medio.

El contenido del Memorándum anula la participación pública, el proceso planificador de la cuenca del Tajo, y vuelve completamente opaco y sólo abierto al lobby trasvasista y al propio Ministerio todo lo relativo a las decisiones tanto del trasvase como la gestión de la cabecera del Tajo y su tramo medio hasta Talavera de la Reina.  Si se aprueban estas enmiendas en el marco de la tramitación de la Ley de Impacto Ambiental el río Tajo, desde la cabecera hasta Talavera de la Reina van a sufrir un estrés insoportable, mayor incluso que el actual.  La gestión actual del Tajo ha resultado en su profunda degradación de manera que la propia Confederación Hidrográfica del Tajo ha reconocido que no será posible la recuperación ambiental del río hasta 2027 en el mejor de los casos. A partir de la entrada en vigor de lo planteado por el Memorándum, el tramo medio del río Tajo (a su paso por Aranjuez, Toledo y Talavera de la Reina) llevará menos agua, los volúmenes trasvasados serán mayores, y se incrementara profundamente el deterioro del río.

Aspectos básicos al considerar respecto al Memorándum firmado entre el ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y las comunidades autónomas de Murcia, Valencia, Madrid, Extremadura y Castilla-La Mancha:

  1. El memorándum se incorpora mediante enmiendas del Partido Popular al articulado del Proyecto de Ley de Evaluación Ambiental. Este procedimiento es completamente irregular, pasa por alto el proceso planificador de plan de cuenca del Tajo, y se “empotra” de una manera cuanto menos extraña e irregular en el ordenamiento jurídico, al margen de cualquier discusión pública, análisis o información a los ciudadanos; todo lo contrario de lo que sostienen tanto la Directiva Marco del Agua, como la propia legislación de aguas y de acceso a la información por parte de los ciudadanos en España.
  2. A partir de ahora será el gobierno mediante real decreto el que establecerá las nuevas magnitudes que determinan la nueva regla de explotación del trasvase Tajo-Segura. Estas magnitudes se establecerán sin considerar las necesidades del propio río Tajo, y se determinaran de manera flexible para determinar en cada momento excedentes a la carta, que permitan burlar los periodos secos en la propia cuenca del Tajo, maximizando los trasvases.
  3. Se desliga definitiva y completamente la gestión de la cabecera del Tajo y del trasvase Tajo-Segura, del propio Tajo, de la gestión de la Confederación Hidrográfica del Tajo, y de las propias demandas de la cuenca del Tajo. Definitivamente la cabecera del Tajo, se convierte en la cabecera del Segura, en cuanto a uso y también gestión.
  4. Se abre completamente el mercado del agua, con lo que, como ocurrió a finales de la pasada década, se podrán vender dotaciones de riego de la cuenca del Tajo al Segura, eliminándose los retornos fundamentales para mantener caudales en el propio Tajo, además de incrementar los volúmenes realmente trasvasados y poder “jugar” con las reservas de la cabecera del Tajo, como ya ha ocurrido, burlando la propia legislación del Tajo y el trasvase.
  5. Se deroga la denominada “cláusula Narbona”. Esto implica dejar sin uso de las desaladoras construidas. ¿Qué va a decir al respecto la Unión Europea después de gastarse en ellas miles de millones de euros?
  6. Se flexibilizan completamente los umbrales que definen los volúmenes a trasvasar; de tal manera, se permiten todas las facilidades para que los trasvases al Segura sean los mayores posibles.
  7. No se da garantía de que los volúmenes a trasvasar –si no han sido usados en el Segura– , permanezcan en los embalses de cabecera.
  8. Se eliminan las decisiones de Consejo de ministros en el caso de situación hidrológica excepcional (cuando los embalses de cabecera estén en mínimos), siendo a partir de ahora el ministro del ramo el que determine los trasvases. Esto rebaja peso político a la decisión.
  9. A partir de ahora se considerarán excedentes trasvasables todo lo que supere la cifra de existencias de 400 hm³ en Entrepeñas y Buendía. Hasta ahora los excedentes los determinaba el plan de cuenca del Tajo. A partir de ahora es el trasvase Tajo-Segura el que determina los “excedentes” que pueden salir de Entrepeñas y Buendía hacia el Tajo. Es decir, se trata de minimizar y justificar al máximo el agua que debe salir hacia el propio Tajo, para crear los mayores excedentes posibles. Se pone la lupa sobre el Tajo, y se abre la mano con el trasvase.
  10. No se garantiza en ningún momento que la cabecera del Tajo garantice o pueda garantizar las demandas de caudales ecológicos o legales ni en Aranjuez, ni en Toledo, ni mucho menos en Talavera de la Reina.
  11. Se plantea que se fijen umbrales de salidas de agua de la cabecera del Tajo al propio río, y que no puedan ser superados. Es decir, se limita al máximo los caudales circulantes aguas abajo de Entrepeñas y Buendía, al objeto de maximizar los trasvases. ¿Qué ocurrirá si es necesario más agua del Tajo para el propio Tajo? ¿Cómo es posible que se admita que tengan más “derechos” los teóricos excedentes que las propias demandas del Tajo, de la cuenca –más que cedente– esclava?

 

Por todo esto los miembros de la Red Ciudadana por una Nueva Cultura del Agua en el Tajo/Tejo y sus Ríos denuncian la vulneración de la legislación en materia de aguas que supone la incorporación del contenido del Memorándum a la propuesta de Ley de Impacto Ambiental, y reclaman la gestión del río respetando las necesidades y prioridades de la cuenca del Tajo.

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