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DIA Negativa ampliación salto eléctrico en Espinosa de Henares

DIA Negativa ampliación salto eléctrico en Espinosa de Henares

Los podéis ver en http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2011-13603

La valoración del MARM ha sido:

De acuerdo a los informes remitidos por los organismos ambientales autonómicos se ha constatado el mal estado del tramo del río afectado por la minicentral hidráulica. Se han desarrollado comunidades vegetales acuáticas propias de aguas lénticas y someras, que no corresponden con las que deberían existir de forma natural en este tramo del río. Además dados los caudales existentes en el río Henares se considera que no son suficientes para satisfacer la solicitud de ampliación, ya que incluso en determinados años y épocas del año ni siquiera el río tiene un caudal suficiente para cubrir la demanda que la minicentral tiene actualmente concedida. Por ello, la ampliación del caudal de aprovechamiento hidroeléctrico agravaría aun más las condiciones ya alteradas actualmente de forma significativa, generando graves repercusiones sobre el ecosistema fluvial por el incremento de la alteración del régimen de caudales.
Por otro lado, el promotor no ha determinado el régimen de caudales ambientales de acuerdo a las instrucciones de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, sino que ha adoptado un caudal homogéneo para todo el año que no responde a las necesidades ecológicas de la vegetación y las especies presentes. Asimismo las medidas propuestas por el promotor son de carácter general. Por ello, para el análisis de los posibles impactos no se dispone de la información necesaria como se constata la lo largo del análisis expuesto en la presente resolución, no habiéndose establecido un estudio de caudales ambientales de acuerdo a la normativa, ni concretado de forma adecuada las medidas correctoras propuestas, como la escala de peces, ni evaluado los efectos sinérgicos con otros proyectos.

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